Viajar a Andorra con perro es más fácil de lo que la gente teme. Andorra figura en la lista europea de países equivalentes en sanidad animal, así que el viaje se trata como un movimiento intracomunitario, exactamente igual que ir a Francia o a Portugal.
Eso significa que no hace falta test serológico de rabia, ni certificado zoosanitario, ni entrar por un puesto especial. Con microchip, vacuna en vigor y pasaporte europeo, basta.
Lo que sí hay que vigilar son dos cosas: la edad mínima del animal y, si tu perro es de una raza catalogada, la licencia y el bozal.
Viajar a Andorra con perro: los tres requisitos
Son los mismos a la ida y a la vuelta, y no hay más:
- Microchip, o tatuaje si se hizo antes del 3 de julio de 2011 y sigue legible.
- Vacuna antirrábica vigente en el momento del viaje, anotada en el pasaporte.
- Pasaporte europeo para el movimiento de animales de compañía, con los apartados de propietario, descripción del animal, marcado, expedición y vacunación antirrábica cumplimentados.
El orden importa y aquí falla mucha gente: primero el microchip, después la vacuna. Si se vacuna antes de identificar al animal, la vacuna no vale y hay que repetirla.
La edad mínima: 15 semanas, y no hay excepciones
Éste es el punto que estropea más viajes, y conviene leerlo tal cual lo dice el Ministerio de Agricultura: no se conceden excepciones ni se autoriza la entrada en España de perros, gatos y hurones menores de 15 semanas y por tanto no vacunados con una vacuna válida.
La cuenta sale así:
- La edad mínima para vacunar son 12 semanas.
- Desde la inoculación tienen que pasar 21 días para que la vacuna sea válida.
- Doce semanas más tres son quince semanas. Antes de esa edad, el animal no puede cruzar.
Lo que NO hace falta
Aquí está la buena noticia, y viene de que Andorra está en el anexo I del reglamento europeo que lista los territorios equivalentes en sanidad animal, junto con Suiza, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, San Marino, el Vaticano, Gibraltar, Groenlandia y las Islas Feroe.
| Trámite | ¿Hace falta? |
|---|---|
| Test serológico de rabia | No. Solo se exige a países no listados |
| Certificado zoosanitario | No. Los animales residentes en Andorra quedan fuera de esa exigencia |
| Entrar por un Punto de Entrada de Viajeros | No. La norma europea exceptúa expresamente a los países del anexo I |
| Desparasitación contra la equinococosis | No para Andorra |
Un apunte útil sobre el último punto: no existe ningún Punto de Entrada de Viajeros en la frontera pirenaica. En toda España, los únicos terrestres son los de Ceuta y Melilla; el resto son puertos y aeropuertos. Y no hace falta, porque la excepción del anexo I lo cubre.
Conviene avisar de algo, porque puede generar confusión: la propia página del Ministerio de Agricultura no recoge con claridad esa excepción y dice de forma genérica que hay que entrar por un punto autorizado. La excepción está en la norma europea, no en el resumen del ministerio.
Cuántos animales se pueden llevar
Cinco como máximo. A partir del sexto, el movimiento deja de considerarse desplazamiento de animal de compañía y pasa a regirse por la normativa comercial, que es otra cosa y mucho más exigente.
Además, para que cuente como desplazamiento no comercial: no puede haber transferencia de propiedad, y los animales deben viajar acompañando a su dueño o a una persona responsable. Se admite que viajen separados del propietario dentro de un plazo de cinco días respecto a su movimiento.
Hay excepción al límite de cinco para concursos, exposiciones o actividades deportivas debidamente documentadas, con animales mayores de seis meses.
Si tu perro es de raza catalogada
Aquí el viaje se complica, y no por Andorra: por España. La Ley 50/1999 sigue plenamente vigente, igual que su reglamento de 2002. Conviene decirlo porque circula la idea contraria desde la ley de bienestar animal de 2023, que no la deroga.
Las ocho razas catalogadas son:
Pit Bull Terrier · Staffordshire Bull Terrier · American Staffordshire Terrier · Rottweiler · Dogo Argentino · Fila Brasileiro · Tosa Inu · Akita Inu.
Lo que exige la norma española:
- Licencia administrativa del ayuntamiento de residencia, válida cinco años. Exige ser mayor de edad, certificado de capacidad física y aptitud psicológica, y no tener determinados antecedentes.
- Seguro de responsabilidad civil con una cobertura no inferior a 120.000 euros.
- Bozal apropiado a la tipología racial en lugares y espacios públicos.
- Correa o cadena no extensible de menos de dos metros, y un solo perro de este tipo por persona.
- Llevar encima la licencia y el certificado de inscripción en el registro municipal.
- Inscripción en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos del municipio.
Y hay un detalle que afecta directamente al viaje: la ley condiciona la entrada en territorio nacional de estos animales a que el titular tenga la licencia. Es decir, no es solo para pasear por el pueblo.
Un vacío legal para el no residente
Merece señalarse con honestidad, porque no tiene solución limpia: la licencia la concede el ayuntamiento del municipio de residencia del solicitante, y ni la ley ni su reglamento contemplan al visitante, al turista ni la estancia temporal.
Quien resida en Andorra con un perro de raza catalogada y quiera bajar a España se encuentra con una norma que le exige una licencia que su ayuntamiento no puede darle. La normativa no resuelve ese caso.
Sobre la ley de bienestar animal de 2023
Para evitar confusiones: esa ley introdujo un curso obligatorio de formación y un seguro de responsabilidad civil para todos los perros, no solo para las razas catalogadas. Pero remite el contenido del curso y la cuantía del seguro a un reglamento que a día de hoy no se ha aprobado.
Mientras no exista ese reglamento, esas dos obligaciones no son exigibles, y lo que se aplica es el régimen de 1999.
Viajar con el perro a Andorra, en corto
Microchip, vacuna antirrábica en vigor y pasaporte europeo. Nada más. Andorra cuenta como movimiento intracomunitario, así que no hay test de rabia, ni certificado zoosanitario, ni obligación de entrar por un punto de control especial. El animal tiene que tener al menos quince semanas y se pueden llevar hasta cinco.
El consejo que evita el disgusto: mira la fecha de la vacuna antes de salir, no el día antes. Y si tu perro es de una de las ocho razas catalogadas, lleva encima la licencia, el seguro de 120.000 euros y el bozal, porque en la vuelta a España te los pueden pedir.
Preguntas frecuentes
¿Qué necesita mi perro para ir a Andorra?
Microchip, vacuna antirrábica vigente y pasaporte europeo para animales de compañía con los apartados cumplimentados. No hace falta nada más.
¿Hace falta test de rabia?
No. Andorra figura en la lista europea de territorios equivalentes en sanidad animal, así que el desplazamiento se trata como intracomunitario y el test serológico no se exige.
¿Cuántos animales puedo llevar?
Hasta cinco. A partir del sexto se aplica la normativa comercial, salvo excepción documentada para concursos, exposiciones o actividades deportivas con animales mayores de seis meses.
¿Puedo viajar con un cachorro?
No antes de las quince semanas. La vacuna se pone a partir de las doce y tienen que pasar veintiún días para que sea válida. No hay excepciones.
¿Y si mi perro es de raza potencialmente peligrosa?
La Ley 50/1999 sigue vigente: hace falta licencia municipal, seguro de responsabilidad civil de 120.000 euros, bozal y correa no extensible de menos de dos metros, con un solo perro por persona.
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