Andorra

Cuánto pagan de impuestos los youtubers en Andorra: tramos y cálculo real

Lo que pagan de impuestos los youtubers en Andorra no es el 10% que se repite, y hay una cuota mensual obligatoria que casi nadie mete en la cuenta.

Declaración y calculadora sobre el escritorio de un creador de contenido en Andorra
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El famoso 10% de Andorra no es lo que paga un creador de contenido. Paga menos de impuestos y bastante más de otra cosa, y la cifra final depende de una cuota mensual obligatoria que casi nunca aparece en las cuentas que circulan.

Con 200.000 euros de renta neta, la factura andorrana completa ronda los 25.500 euros al año. Y hay una decisión que mucha gente toma al revés: montar sociedad puede salir más caro que ser autónomo.

Estos son los tramos reales del impuesto andorrano, lo que cuesta la CASS mes a mes, qué pasa con el IGI en los ingresos de plataforma y la comparación con la factura española.

Cuánto pagan de impuestos los youtubers en Andorra: los tramos reales

El IRPF andorrano tiene un solo tipo, el 10%, sin escala progresiva. Lo que crea los tramos que todo el mundo repite son otras dos piezas del texto.

La primera es la reducción por mínimo personal exento: los primeros 24.000 euros de la base general no tributan. Sube a 30.000 en situación de incapacidad y a 40.000 cuando el cónyuge o pareja convive y no obtiene rentas de la base general.

La segunda es una bonificación del 50% de lo que resulta de aplicar el 10% a esa base ya minorada, con un techo de 800 euros. Ese techo se agota justo en los 40.000 euros de base, y es lo que produce el tramo intermedio del 5%.

  • Hasta 24.000 euros: no se paga nada.
  • De 24.000 a 40.000: un 5% efectivo, por efecto de la bonificación.
  • Por encima de 40.000: la cuota es el 10% de la base menos 24.000, y a eso se le restan 800 euros fijos.

La declaración se presenta entre el 1 de abril y el 30 de septiembre del año siguiente, y quien obtiene rentas de actividades económicas está obligado a declarar sin ningún umbral mínimo.

La CASS no es opcional y son 808,44 euros al mes

Aquí está el gasto que se cae de casi todas las comparaciones. Quien trabaja por cuenta propia en Andorra cotiza el 22% de la base: un 10% de rama general y un 12% de rama de jubilación.

La base se calcula como un porcentaje del salario global mensual medio del año anterior, que está en 2.672,52 euros. Sobre esa referencia hay siete escalones —25%, 50%, 62,5%, 75%, 100%, 125% y 137,5%— y no se eligen a gusto: las bases iguales o superiores al 100% son obligatorias si se cumplen los requisitos, y solo las inferiores son opcionales.

En el escalón del 100% la base son esos 2.672,52 euros y la cuota 587,95 euros al mes: 267,25 de rama general y 320,70 de jubilación. En el del 137,5% la base sube a 3.674,72 euros y la cuota a 808,44 euros al mes.

Quién cae en cada uno depende de la renta neta y, en algunos casos, de la cifra de negocio. El escalón del 125% lo activa una renta neta superior a 40.000 euros, o una cifra de negocio del ejercicio anterior superior a 400.000 en actividad profesional o empresarial. El del 137,5%, una renta neta superior a 50.000 euros.

Traducido para un creador con ingresos altos: no puede elegir. Paga 808,44 euros al mes, 9.701,28 euros al año.

El cálculo con 200.000 euros de renta neta

Pongamos números sobre un caso concreto, y con una advertencia que cambia toda la conversación: los 200.000 euros son renta neta, lo que queda después de descontar los gastos de la actividad, no facturación. Quien factura 200.000 y tiene 60.000 de gastos no está en este escenario.

Descontando la cotización a la CASS como gasto de la actividad, la base general queda en 190.298,72 euros. La cuota del impuesto es el 10% de 166.298,72 menos los 800 de bonificación: 15.829,87 euros.

Sumando las dos piezas, la factura andorrana son 25.531,15 euros sobre 200.000 de renta neta. En porcentaje, el impuesto solo supone un 7,91% de esa renta neta, y el conjunto con la CASS, un 12,77%. Nada que ver con el 10% a secas que se repite.

Y la comparación con España

Lo que sigue es un cálculo de esta redacción aplicando las escalas estatal y autonómica catalana a ese mismo caso: soltero, sin hijos, estimación directa simplificada, con la cuota de autónomos del tramo más alto y el máximo de gastos de difícil justificación. No es una liquidación, es un orden de magnitud.

Con esas condiciones, el mismo creador en Cataluña se deja alrededor de 85.000 euros entre impuesto sobre la renta y cotización, frente a los 25.531,15 de Andorra. Son unos 59.500 euros de diferencia al año y algo más del triple de carga. El motivo es la escala: sumando la estatal y la catalana, el marginal llega al 48% a partir de 175.000 euros y al 50% a partir de 300.000. Andorra no tiene marginales: tiene un tipo único del 10%.

La comparación cambia bastante en otras comunidades, porque la mitad autonómica de la tarifa la fija cada una.

Montar sociedad no siempre sale más barato

Es la decisión que más gente toma por inercia y conviene hacer el número antes.

El tipo general del impuesto de sociedades andorrano también es el 10%. La diferencia es que la sociedad paga ese 10% desde el primer euro de beneficio: no tiene mínimo exento de 24.000 euros ni bonificación de 800.

Sobre un beneficio de 200.000 euros, eso son 20.000 euros de impuesto de sociedades frente a los 16.800 que pagaría el mismo importe como persona física antes de la CASS. Una diferencia de 3.200 euros, que no es casualidad: es exactamente el 10% de 24.000 más los 800 de bonificación.

El supuesto importa y hay que decirlo entero: ese cálculo solo se sostiene si la sociedad no paga ningún sueldo al administrador y todo el beneficio tributa dentro de ella. En cuanto le paga una retribución, ese sueldo es gasto deducible para la sociedad y en el impuesto personal del administrador vuelven a jugar el mínimo exento y la bonificación, así que la diferencia se diluye.

Hay un punto a favor de la sociedad que sí es limpio: los dividendos y rendimientos por participación en fondos propios pagados por entidades residentes fiscales en Andorra y sujetas al impuesto de sociedades están exentos en el impuesto personal. El beneficio no vuelve a tributar al repartirse.

Y una advertencia para quien busque estructuras: los regímenes especiales del impuesto de sociedades andorrano que atraían montajes de explotación de intangibles, comercio internacional y gestión financiera intragrupo están derogados.

El IGI en los ingresos de plataforma

El impuesto indirecto andorrano tiene un tipo general del 4,5%, un reducido del 1%, un superreducido del 0% y uno incrementado del 9,5% para servicios bancarios y financieros. Pero la pregunta de un creador no es el tipo, sino si sus ingresos llevan IGI.

La regla general dice que los servicios se entienden prestados en territorio andorrano cuando el destinatario es un empresario o profesional con sede o establecimiento permanente en Andorra. Facturar a una plataforma establecida fuera no encaja ahí.

Conviene no quedarse en esa regla general, porque el mismo artículo tiene reglas especiales que afectan justo al negocio de un creador: la cesión de derechos de autor y la publicidad. Para esos servicios se añade la cláusula de que sí se localizan en Andorra cuando la utilización o explotación efectivas se producen en territorio andorrano. Es exactamente el tipo de detalle que conviene llevar mirado a la gestoría en lugar de darlo por resuelto.

Para el resto, la comparación con el IVA español del 21% no aplica a los ingresos de plataforma: la ley española del IVA tiene una regla equivalente para servicios a empresarios establecidos fuera, así que ese ingreso concreto tampoco lleva IVA en España. Donde sí se nota la diferencia de tipos es en los patrocinios facturados a empresas del propio país.

Lo que no cambia por mudarse

Antes de hacer ninguna cuenta hay que resolver el requisito previo, que es el que de verdad decide: ser residente fiscal en Andorra.

España considera residente fiscal a quien permanece más de 183 días del año natural en territorio español, computando las ausencias esporádicas salvo que se acredite la residencia fiscal en otro país; también a quien tiene aquí el núcleo principal de sus actividades o intereses económicos; y presume la residencia, salvo prueba en contrario, cuando residen habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores que dependan de él. Con uno de los tres basta, y no hay que confundir esos 183 días con los días que exige la autorización de residencia andorrana, que son otro umbral distinto.

Cuando los dos países reclaman a la vez, el convenio de doble imposición entre España y Andorra, en vigor desde febrero de 2016, desempata por vivienda permanente, centro de intereses vitales, vivienda habitual, nacionalidad y, en último término, acuerdo entre administraciones.

Un dato que ahorra un susto extendido: Andorra no figura en la lista española de jurisdicciones no cooperativas, así que no se aplica la regla que mantiene como contribuyente del impuesto español durante cuatro ejercicios más a quien se traslada a un paraíso fiscal.

Y uno que conviene tener presente desde 2026: la Agencia Tributaria incluyó expresamente en las directrices de su plan anual de control tributario el análisis y la verificación de la tributación de los influencers y del marketing de influencia.

La factura real de un creador en Andorra

Con 200.000 euros de renta neta, un creador de contenido residente fiscal en Andorra paga 15.829,87 euros de impuesto sobre la renta y 9.701,28 de CASS: 25.531,15 euros en total, un 12,77% de esa renta neta. El impuesto por sí solo es el 7,91%, no el 10%, porque los primeros 24.000 euros están exentos y hay una bonificación de 800. La CASS no se elige: por encima de 50.000 euros de renta neta, la base del 137,5% es obligatoria y son 808,44 euros al mes.

El consejo práctico, y es el que más dinero mueve: antes de decidir entre autónomo y sociedad, calcula cuánto sueldo te vas a pagar. Si la sociedad no te retribuye, pierdes el mínimo exento de 24.000 euros y la bonificación de 800, y ahí es donde aparecen los 3.200 euros de diferencia. Si te retribuye, la cuenta se iguala y la decisión pasa a ser de otro tipo: responsabilidad, socios y qué haces con el beneficio que no repartes.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un creador que gana 200.000 euros al año en Andorra?
Sobre 200.000 euros de renta neta, 15.829,87 euros de impuesto sobre la renta más 9.701,28 de CASS. En total 25.531,15 euros, el 12,77%.

¿El impuesto andorrano es realmente del 10%?
El tipo es del 10%, pero el tipo efectivo es menor: los primeros 24.000 euros están exentos y hay una bonificación de hasta 800 euros que crea un tramo intermedio del 5% entre 24.000 y 40.000.

¿Cuánto hay que pagar a la CASS siendo creador de contenido?
El 22% de la base, y la base es obligatoria a partir del 100%. Con renta neta superior a 50.000 euros corresponde el escalón del 137,5%: 808,44 euros al mes.

¿Sale más barato facturar por sociedad?
No necesariamente. La sociedad paga el 10% desde el primer euro, sin mínimo exento ni bonificación. La ventaja aparece según cuánto sueldo se pague al administrador y qué se haga con el beneficio no repartido.

¿Los ingresos de plataforma llevan IGI?
La regla general localiza el servicio donde está el destinatario empresario, y una plataforma establecida fuera queda fuera de Andorra. Pero hay reglas especiales para cesión de derechos de autor y publicidad que atienden a dónde se utiliza o explota el servicio.

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